En este artículo os vamos a comentar de forma sencilla los requisitos de la segunda oportunidad, a la luz de la última resolución que hemos tenido concediéndola a un clientes nuestros.
Como siempre os dejamos la resolución judicial donde a nuestro cliente se le concede el beneficio de la exoneración (perdón) del pasivo (deudas) insatisfecho (no pagadas), más conocido habitualmente por su acrónimo BEPI:
Auto de Exoneración del pasivo insatisfecho
1. Supuesto práctico de la concesión de la segunda oportunidad.
El caso del cual te adjuntamos el Auto de concesión se trataba de una persona del sur de Madrid, la cual por motivo de vínculos familiares, era su padre, había accedido a firmar como avalista en unos caso, y en otros como titular, de las deudas del negocio, sin que el hubiera participado o hubiera disfrutado de beneficio alguno del mismo.
El negocio del padre acabó mal, y el hijo vio como los acreedores le reclamaba, viendo cómo su nómina fue embargada, y el piso que había comprado a medias con su pareja también.
Dado que el volumen de las deudas era muy elevado, y ante la desesperación de no poder salir de los embargos por muchos años que pasaran, decisión solicitar la segunda oportunidad.
2. Requisitos documentales para iniciar el procedimiento.
2.1 Documentos a aportar en la notaría.
Lo primer que le pedimos al cliente fue una serie de documentos que nos exige la ley que le aportemos al notario para que de inicio al expediente de la segunda oportunidad.
Los documentos básicamente son los siguientes:
- Certificado antecedentes penales (para justificar que no se han cometido delitos que impiden tramitar el expediente).
- Certificado de empadronamiento (para determinar el notario y juzgado competente en el procedimiento).
- Certificado de nacimiento (para anotar la concesión y evitar que se pueda solicitar en los 10 próximos años).
- (3) Últimas nóminas (para justificar los ingresos actuales).
- (4) Últimas declaraciones de la renta (para acreditar la evolución financiera del solicitante).
- Copia de los contratos en vigor (para acreditar las obligaciones que se necesitan mantener en vigor como el contrato del teléfono móvil, etc.)
- Libro de familia si hay hijos (acreditar las cargas familiares)
- Certificado de las cuentas bancarias (para acreditar la ausencia de saldos bancarios).
- Listado con la completa identificación de los acreedores, con su correspondiente correo electrónico.
- Relación de los gastos mensuales previstos.
- Etc.
Os dejo la relación de los documentos para vuestra consulta.
1 1 Relación de documentación necesaria para la exoneración
Una vez aportado los documentos, se concertó con la notaría para la firma del inicio del procedimiento.
2.2 Aportación y firma del cuestionario del Ministerio de Justicia.
2.2.1 Importancia del cuestionario del Ministerio de Justicia.
Como muchos de vosotros sabéis, además de dirigir procedimiento de segunda oportunidad, soy mediador y administrador concursal conforme al Ministerio de Justicia.
Os dejo el enlace de la base de mediadores por provincia, por si alguno lo quiere comprobar o tiene curiosidad por alguno de los 233 que existen en la Comunidad de Madrid.
Para consultar el Registro de Mediadores Concursales pulsar AQUI.
En mi calidad de mediador he visto cuestionarios mal rellenos, copiados y eliminados apartados, rellenos a mano, etc.
También veo otros tramitados por teleoperadores que venden la segunda oportunidad como si fuera un champú, que no tienen ni idea de Derecho, y que rellenan el impreso como si fuera un bingo del sábado noche.
Entiendo que esta forma de rellenar y trámitar el cuestionario del Ministerio de Justicia es una irresponsabilidad ya que el cuestionario es MUY importante por los siguientes motivos:
- Es una declaración ante notarial, por lo que las inexactitudes, errores u ocultaciones quedan plenamente probadas por la fe notarial.
- Se EXPONE POR ÚNICA VEZ la causas de la situación, no pudiendo posteriormente variar las mimas.
- SE DECLARA POR ÚNICA VEZ, los deudores y las deudas que se tienen, a partir de dicha declaración será el mediador quién podrá variar o no las inexactitudes (acreedores olvidados).
- SE DECLARA POR ÚNICA VEZ, los importes mínimos necesarios para el día a día, y será dicha cuantía la que valdrá en un posterior proceso judicial.
- Etc.
Podría seguir enumerando motivos por los cuales el cuestionario del Ministerio y firmado ante notario es muy importante, por eso es uno de los motivos por los que debe ser tramitado por profesionales del Derecho.
2.2.2 Cuestionario del Ministerio de Justicia.
Os dejo el famoso cuestionario para que podáis comprobar su contenido y sus apartados.
BOE Modelo Ministerio de Justicia para pedir la segunda oportunidad
3. Aportación de la documentación que solicite el mediador concursal.
Además de lo expuesto, el mediador concursal puede solicitar las ampliaciones de información que considere oportunas, así como los documentos que crea necesario para la tramitación.
Es usual que el Juzgado solicite una averiguación patrimonial para comprobar que la inexistencia de bienes y los demás datos declarados son correctos.
Solo me queda despedirme, ROGAROS QUE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD OS LA TRAMITES PROFESIONALES, Y NO TELEOPERADORAS O PSEUDO EXPERTOS, y si queréis que os resuelva cualquier duda, o que os tramite la segunda oportunidad me podéis contactar en el correo info@garciamontoliu.com o llamarme al 915672820, soy David García Montoliu, abogado colegiado en Madrid nº 91.374 y en Albacete nº 2.079.